Fiscalia

UNIDAD ESPECIALIZADA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR – MINISTERIO PUBLICO

Denuncias 0800 11 4700

Teléfono: 415-5000
E-mail:
comunicaciones@ministeriopublico.gov.py

La Unidad tiene competencia para investigar los casos de violencia familiar, tipificada en el código penal y modificado posteriormente a través de la ley. También puede investigar los demás hechos punibles que puedan darse dentro de una investigación fiscal.

Refiere el Artículo 229 del Código Penal:

1°.-El que, aprovechándose del ámbito familiar o de convivencia, ejerciera violencia física o psíquica sobre otro con quien convive o no, será castigado con pena privativa de libertad de uno a seis años.

2°.-Cuando el hecho de violencia provocara los resultados de la Lesión Grave, se aplicará la sanción prevista en el Artículo 112 del Código Penal.

También, la Ley 5777/2016 hace referencia sobre la protección integral a las mujeres y tiene por finalidad garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, como condición para el ejercicio pleno de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional, y por los instrumentos internacionales de derechos de las mujeres aprobados y ratificados por la Ley de la Nación